Existe cierta confusión entre empresas y trabajadores sobre los permisos y tipo de maquinaria que pueden manejar los operarios en las obras. Tras la petición de nuestros clientes, en Sumialki compartimos el presente artículo donde intentamos dar respuesta a las dudas planteadas.
Debemos inicialmente remarcar que la utilización de la maquinaria viene regulada por el convenio de construcción, la ley de prevención de riesgos laborales y la normativa de tráfico. Asimismo, existen dos variables a tener en consideración: el peso máximo autorizado de cada equipo y si hablamos de una obra en la vía pública o no.
“La conducción de equipos de trabajo automotores estará reservada a los trabajadores que hayan recibido una formación específica para la conducción segura de esos equipos de trabajo”. Este epígrafe viene recogido en la Ley de Prevención de Riesgos laborales, El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, donde se recogen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Las formaciones que los operarios deben realizar para poder manejar maquinaria de una forma legal y segura se dividen en dos: el curso para la obtención del título Operador de Maquinaria para Movimiento de Tierras. Y una segunda formación práctica y específica sobre la maquinaria pesada a emplear en su trabajo – un curso una máquina-.
Partiendo de la base de dicha titulación, incluimos a continuación dos ejemplos:
Manejo de maquinaria en “obra cerrada sin acceso a vía pública”:
- Regulado por el convenio de la construcción y Ley de Prevención de Riesgos Laborales
- Normativa de tráfico con el carnet correspondiente.
- Obligatoriedad de que los operarios posean el título de Operador de Maquinaria para Movimiento de Tierras. Generalmente tiene una duración de seis horas y es eminentemente teórico.
- Formación específica y cualificada sobre maquinaria pesada a utilizar: miniexcavadora, mixtas, retroexcavadora, pala cargadora sobre ruedas u orugas, bulldozer, dumper, mototrailla, motoniveladora o apisonadora, entre otros.
- Carnet modelo B.
Actividad o desplazamiento en obra o vía pública:

- Título de Operador de Maquinaria para Movimiento de Tierras.
- Formación específica y cualificada sobre maquinaria pesada: miniexcavadora, mixtas, retroexcavadora, pala cargadora sobre ruedas u orugas, bulldozer, dumper, mototrailla, motoniveladora o apisonadora, entre otros.
- Carnet en función del tonelaje de la maquinaria y la velocidad del vehículo.
En estos casos en particular, el Reglamento General de conductores RD 818/2009, recoge una serie de condicionantes que determinan el tipo de carnet que necesitará el operario.
- Los conductores con carnet B expedido antes del 8 diciembre de 2009 están autorizados a conducir vehículos o maquinaria especiales – no agrícola- cuya velocidad no exceda los 40 km/h.
- Permisos de conductores posteriores a la fecha del 9 de diciembre de 2009. Obtención del permiso clase C1 o clase C, dependiendo de la masa del vehículo que vayan a conducir. El C1 para vehículos de hasta 7.500kg y de clase C para los que superen los 7.500kg. Máquinas que no superen los 45km.
- De manera obligatoria si se van a superar los 45 km/h, el operario deberá disponer del Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
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Un conductor de 21 años que tenga el carnet tipo B podrá sacarse el carnet de conducir tipo C, lo que le permitirá operar maquinaria sin limitación de peso.
¿Qué maquinaria es la más utilizada y qué peso tienen?
- Las principales miniexcavadoras se encuentran en el rango de 4.500 y 6.000 Kg. Modelos conocidos como la U48, U55, 305.5, 405.5, PC35MR-3, PC45MR-3, ZX48U,ZX55U-5, TB250, TB260, E45, E50 o KX042, superan los 3.500 Kg que limita el permiso de conducción B.
- Los dumper cada vez son más grandes 4.000 Kg
- Minicargadoras que deben ser manejadas con el permiso C: T650, S650, 216B, SL-R220, TL-RT165.
Otras consideraciones importantes a tener en consideración, pero que varían en función de las empresas:
- Habitualmente las empresas solicitan que el operario tenga el permiso clase C, independientemente de la masa de la máquina que va a manejar. Y si se trata de vehículos articulados, para poder manejarlos será necesario tener el carné C+E que permite conducir entre otros: trailers, camiones con remolque, cabeza retractora y maquinaria de obra con remolque.
- Por lo general, aunque no es obligatorio, se requiere que los operadores de maquinaria pesada tengan un mínimo de 6 meses de experiencia en la industria de la construcción. Además de conocer el proyecto y el equipo que se va a utilizar en toda la zona de trabajo.
